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Rechaza Lenia Batres exención de impuestos a Pemex con “beneficio” de 6.1 mdp

Por mayoría de tres votos y uno en contra de la ministra Lenia Batres, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo a la empresa DS Servicios Petroleros, para que no pague los impuestos correspondientes a la totalidad del área que le fue asignada en concesión, y únicamente tribute en proporción a la zona en la que ya ejerce operaciones de explotación de hidrocarburos.

Con esta decisión, los ministros permiten que se provoque un daño al erario público por 6 millones 157 mil 311 pesos, que le serán devueltos a la empresa del monto que pagó por el concepto de impuesto por extracción de hidrocarburos, y establece un precedente negativo para el interés nacional.

Batres Guadarrama votó en contra con base en que la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos no establece ningún parámetro que permita a los contratistas seguir tributando como si estuvieran aún en fase de exploración cuando, en realidad, una parte del área que les fue concesionada ya está en explotación, como sucede en el caso específico.

Argumentó que “la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos no establece que pueda haber modificación a los términos fiscales previstos en el artículo 55 de esa legislación, cuando concurran esas actividades.”

La ministra señaló que con esta decisión se sentará un riesgoso precedente pues permitirá a las empresas petroleras privadas tener un recurso para evitar el pago de los impuestos que por ley les corresponden.

“Voté en contra de esa resolución porque no advierto en la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos algún parámetro que permita a las empresas pagar el impuesto conforme a la fase de exploración, cuando ya iniciaron las actividades destinadas a la producción comercial de Hidrocarburos, es decir, en fase de extracción, lo cual ocurre en este caso”, apuntó la ministra.

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